En mérito de las motivaciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE LA DEMANDA DE PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA intentada por la ciudadana Rosa Isneida Guerrero Colmenares representada por el abogado en ejercicio Fernando de Jesús Márquez Manrique en contra de los ciudadanos Jesús Hernando, Fernando Alberto y Zuliher Nathalyd Serrano Guerrero, supra identificados, realizado por el mencionado apoderado de la demandante.
SEGUNDO: Conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia en los términos previstos en la referida norma procesal.
TERCERO: NO SE HACE CONDENAD.....