Se declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, signada con el N° 1070, expediente N° 16-0916, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos DILMA ESPERANZA SUAREZ PAREDES, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad N° V-9.281.290, domiciliada en la calle Ricardo Palpa, urbanización Simón Bolívar, distrito José Luis Bustamante Rivero, Arequipa, Perú, con número de celular +5193582992, y HUMBERTO JOSÉ VARGAS ROQUE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N°V-17.288.885, domiciliado en el extranjero, con número de teléfono +573217391389, en fecha 24 de noviembre de 2017, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 204. Disuélvase la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.