PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud planteada por la abogada en ejercicio GLADYS ELENA
BAUTISTA LEÓN, inscrita en el Inpreabogados bajo el N° 46.706, actuando como apoderada
judicial de la ciudadana SANDRA ELIZABETH MONSALVE, portadora de la cédula de
identidad N° V-5.688.060, con respecto a la rectificación del Acta de Nacimiento N° 790 de
fecha quince (15) de marzo de 1965, inserta por ante la Oficina de Registro Civil,
parroquia La Concordia, municipio San Cristóbal, estado Táchira y Registro Principal
del mismo estado, en el sentido que deberá corregirse la omisión en la referida acta de la
siguiente manera: "... hija natural de: ELIZABETH MONSALVE VELASCO, colombiana, con
cédula de ciudadanía N° 27.570.486...".
SEGUNDO: ORDENA oficiar lo conducente al despacho del Registro Civil del Municipio San
Cristóbal, parroquia La Concordia y Registro Principal, ambos del estado Táchira, anexándose
copia certificada de la presente sentencia, dando cumplimiento a lo establecido en el .....