Este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial.
SEGUNDO: ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en cuanto ha lugar en derecho.
TERCERO: Se ordena citación a la PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA para que de contestación a la querella dentro de los quince (15) días de despacho, que comenzará a computarse una vez hayan transcurridos los quince (15) días despacho establecidos en el artículo 96 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma Orgánica de la Procuraduría General de la República, más ocho (8) por el término de distancia de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil; igualmente, se ordena la notificación al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, se ordena no.....