"...De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por la solicitante, en consecuencia de ello, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursante en el expediente suficientes para declarar:
Como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante ISAIAS SAMUEL GUERRERO ALDANA, quien era venezolano, con cedula de identidad N° V-10.237.134 a su hija ANA MAYERLIN GUERRERO VERA, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-23.541.396, domiciliada en los Estados Unidos de Norte América.
De conformidad con el artículo 937 del código de procedimiento civil, se deja a salvo TODO DERECHO DE TERCEROS.
Déjese copia certificada de las actuad.....