PARTE DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela conforme a los artículos 2, 26 Constitucional y 12 del Código de Procedimiento Civil y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE ACCIÓN REIVINDICATORIA, interpuesta por RAÚL ALBERTO GAMARRA HERRERA y MIGUEL ANGEL HURTADO GAMARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.121.490 y V-26.841.282, de este domicilio y hábiles., contra el ciudadano RENNY JAVIER BASTIDAS BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 19.235.446, domiciliado en el Pasaje Sucre de Barrancas, Parte Alta Casa S/n, Municipio Cárdenas del Estado Táchira
SEGUNDO: Por la índole del fallo, de conformidad con el artículo 274 del C.....