TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, SEBORUCO, ANTONIO ROMULO COSTA, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Diecinueve (19) de Enero de Dos Mil Veintiséis.
215° y 166°
EXP. Nº 0877-2026.-
Parte Demandante: Ever Eduardo Pérez Mora; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.862.290, Mecánico, Teléfono: 0424-7340579, domiciliado en Llanetes parte baja, Aldea Agua Caliente, Municipio Jáuregui del estado Táchira y hábil.
Parte Demandada: Joselyn Geraldine Rojas Sánchez, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.026.926, Ama de casa, Teléfono: 0424-7422800, domiciliada en Llanetes parte baja, Aldea Agua Caliente, Municipio Jáuregui del estado Táchira y hábil.-
Motivo de la causa: Fijación de Obligación de Manutención
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva
De la Demanda:
En fecha Trece (13) de Enero de 2026, compareció por ante este Tribunal el ciudadano Ever Eduardo Pérez Mora; en la cual suscribe una diligencia y expresa lo siguiente: “…Desisto de la acción y del procedimiento a que se contrae este expediente y pido se de por terminado y sea archivado, es todo …" En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO expresado por la parte demandante, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Imprímanse dos ejemplares del mismo tenor a un solo efecto de la presente INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA para el archivo de este Tribunal. Así se decide.-
La Juez Provisoria,
Abg. Thais Khatiuskha González Sierralta
La Secretaria,
Abg. Reyna de Jesús Contreras de Sánchez.
TKGS/dm.
Diarizado N° 01.-
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