Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la
República de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La confesión ficta de las ciudadanas ROSALIA MORALES MORALES, ROSA
MARINA MORALES DE COLMENARES, MARIA EMERITA MORALES DE VIVAS, BELEN
MORALES MORALES Y MARIA SOCORRO MORALES MORALES, con cédula de
identidad Nros. V.- 10.518.732, V.- 3.792.953, V.- 5.028.870, V.- 5.641.537 Y V.-
5.094.739, en su respectivo orden; y en consecuencia, Procedente en derecho la
pretensión del Reconocimiento de Documento Privado contenido en la demanda
incoada en su contra por el ciudadano JOSE SACRAMENTO MORALES MORALES,
con cédula de identidad N° V.- 5.656.581.
SEGUNDO: SE DECLARA RECONOCIDO, el documento de compra y venta de
inmueble suscrito por el ciudadano JOSE .....