DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanosSAMUEL DARÍO GOYO RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 4.093.208, domiciliado en Calle 04 , Santa Ana, municipio Córdoba, estado Táchira yBLANCA AURORA TORRES ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N 4.000.631, domiciliada en el sector Patiecitos via Palmira, carrera 10 casa N° 3-15 Municipio Guasimos, estado Táchira , de acuerdo con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en los términos señalados en la sentencia No. 693 del 02/06/2015 y Sentencia No. 1070, del 09/12/2016.
SEGUNDO:QUEDA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 12/08/1978, entre los ciudadanos antes.....