este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUJDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Queda establecido como Obligación de Manutención a cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 900,00) QUINCENALES, los cuales serán depositados los días 10 y 25 de cada mes, para un total de MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES, (Bs 1.800,00) MENSUALES
SEGUNDO: En el mes de SEPTIEMBRE el padre se compromete con la compra de los UNIFORMES, más la cuota la manutención y la madre dotara a su hijo con la compra de los útiles escolares.
TERCERO: En el mes de DICIEMBRE, ambos padres dotaran a su hijo de ropa, zapatos, así como también, le dar.....