este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se fija la obligación de manutención en la suma de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 750,00) SEMANALES, para un total de: TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) MENSUALES, se deja constancia que el obligado hace entrega en este acto de la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 750,00), correspondiente a la semana del 11 al 17 de Agosto de 2014.
SEGUNDO: En el mes de Agosto el padre se compromete a la compra de Útiles Escolares, para cada uno de sus hijos y la madre se compromete a la compra de Uniformes Escolares para cada uno de sus hijos.
TERCERO.....