Por las razones antes expuestas, este Juzgado administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad acuerda declarar LA EXTINCIÓN LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de GLORIA INES SANCHEZ ROJAS, solicitada por las partes del presente expediente ciudadanos: INES ROJAS y MIGUEL ANGEL SANCHEZ; así mismo se ordena oficiar al Jefe del Departamento de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario Caracas, a los fines de ordenar que a partir del 01 de Junio de 2.015, sean suspendidos en su totalidad los descuentos nominales, el levantamiento de cualquier medida de retención, al igual que el cese de los depósitos de la manutención a la cuenta del banco bicentenario, y una vez no se registre ningún deposito el cierre de dicha cuenta, el cierre del expediente y el archivo del mismo, para lo cual se libró el oficio N° 3170-483.----
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. ----------------------.....