Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: RUBEN ANTONIO SALCEDO CEBALLOS y MARIA ISABEL DAVILA SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.742.249 y V-9.213.205. Todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide:
PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: RUBEN ANTONIO SALCEDO CEBALLOS y MARIA ISABEL DAVILA SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.742.249 y V-9.213.205, en fecha 14 de octubre de 1.992, tal como consta en el acta de matrimonio Nro.74, por ante la Primera Autoridad Civil del M.....