Este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a los artículo 2 y 26 Constitucional y 12 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO POR PARTE de los ciudadanos MONICA ANDREA VILLAMIZAR ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-18.990.184, de este domicilio y hábil y como fiador al ciudadano MANUEL ANTONIO VILLAMIZAR MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-5.657.459, de este domicilio y hábil e IRIS MARINA ANGULO DE VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-5.659.244, cónyuge del fiador, EL CONTENIDO Y LA FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO, que aparece inserto al folios 5 y siguientes del expediente