REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.

San Cristóbal, Estado Táchira, Jueves veintidós (22) de enero de 2015, siendo las 11:00 de la mañana, se trasladó y constituyó este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de ésta Circunscripción Judicial, junto con el ciudadano: PASCUALINO CASTELLI SANCHEZ, titular de la cedula de identidad No. V-14417.106, debidamente asistido por la Abogado Martha Isabel Utrera Loba, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.439; en un inmueble ubicado en la carrera 2, N° 5-45; a fin de llevar a cabo la medida de inspección judicial solicitada. Se encuentra presente el ingeniero José Alfonso Murillo, titular de la cedula de identidad N° 9.239.533, inscrito en el colegio de ingenieros bajo el N° 51.192, quien fuera designado como experto fotógrafo, quien acepto l cargo y presto el debido juramento de Ley. Seguidamente la parte solicitante debidamente asistida de abogado le pide al ciudadano Juez proceda a dejar constancia d los particulares solicitados. En este Estado l ciudadano Juez, pasa a dejar constancia de los particulares de la manera siguiente: AL PRIMERO: el Tribunal deja constancia que dentro del inmueble signado con el numero 5-45, se encuentra un local comercial signado con el N°L-1. AL SEGUNDO: El Tribual deja constancia que en el local signado con el N° L-1 se encuentra funcionando un comercio de venta d repuestos para motos, denominado “moto repuestos Castelli Chopper”. AL TERCERO: EL Tribunal deja constancia que observa que en el inmueble N° 5-45 han realizado trabajo de demolición, se aprecian paredes caídas, techo deteriorado y caídos en malas condiciones, escombros, pisos rotos, pisos llenos de tierras y escombros. AL CUARTO: El Tribunall deja constancia con auxilio del practico que el local comercial N° L-I, se corresponde a una estructura dentro del inmueble objeto de la inspección, que fue levantada con estructura metálica, con un entretecho en lamina entamborada con techo interno en correas metálicas y cubierta en la mina tipo cinduteja de aluminio con terminado blanco en su parte inferior, observándose lateralmente sobre el antepecho con elementos o paredes verticales y un encerramiento en malla y acero. El frente del local tiene una reja fija metálica y una reja de corredera, que permite la entrada y salida del mismo, el piso del local se constituyo en cemento requemado, observándose en la malla lateral del lindero este un hueco sobre la misma malla que fue remendado con alambre, por donde posiblemente podría penetrar alguien, debido a que los alrededores, es decir, lo que constituye l gran inmueble se encuentra expuesto a la intemperie. En cuanto a los particulares QUINTO Y SEXTO, el experto solicita tres (03) días de Despacho para consignar informe detallado y soporte fotográfico. En este estado, el ciudadano Juez, a los fines de dejar constancia de los particulares quinto y sexto, le confiere el plazo solicitado al experto designado, dando así por terminado el acto, siendo las 12.20 del medio día, regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta conforme firman. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Pascualino Castelli Sánchez. Solicitante (Fdo). Abg. Martha Isabel Utrera Abogado Asistente. (Fdo). Ingeniero José Alfonso Murillo. Experto. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).