Vista la transacción celebrada en fecha siete (07) de octubre del presente año, por la parte demandante ciudadanos LUIS ANTONIO VALSANGIACOMO ATTANASIO y CARLOS MIGUEL VALSANGIACOMO ATTANASIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 5.666.197 y N° V- 5.666.389, respectivamente, de este domicilio, actuando en éste acto con el carácter de Vicepresidente y Presidente de la Empresa Mercantil denominada Premezclados Quinimari C.A. inscrita en la oficina de Registro Mercantil Tercero de la Ciudad de San Cristóbal estado Táchira, en fecha 04 de Noviembre de 1995, bajo el N° 24, tomo 32-A, asistidos por la abogada en ejercicio ANA DOLORES GARCÍA CORZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.150.869, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.495, y por la parte demandada el ciudadano WILMER SILVINO VIVAS CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 10.164.496, asistido por .....