En vista de los razonamientos antes expuestos, y visto además el incumplimiento del Banco Bicentenario Banco Universal, en ejecutar lo ordenado, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia ut supra mencionada, de fecha 23 de noviembre de 1999, emanada del el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región de los Andes, en los siguientes términos:
1.- Se convoca con carácter OBLIGATORIO a la parte accionante debidamente asistido por un profesional del derecho y/o a sus apoderado Judicial, para el décimo (10°) día de despacho siguiente, a que conste en autos la ultima de las notificaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en la sede del Banco Bicentenario Banco Universal ubicado en Barrio Obrero, Sector Pirineos, San Cristóbal estado Táchira.
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