Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
Primero: SE DECLARA IMPROCEDENTE los planteamientos expuestos por el recurrente para oponer el incumplimiento de la ejecución de la sentencia definitiva.
Segundo: SE DECLARA SIN LUGAR el alegato de incumplimiento de la sentencia definitiva, propuesto por el recurrente.
Litigio que fue intentado por el ciudadano DAVID ENRIQUE UZCATEGUI ROJAS, en el cual interpuso el recurso contencioso administrativo de nulidad, contra la Dirección de Investigación, Docencia y Extensión del HOSPITAL CENTRAL DE SAN CRISTÓBAL, específicamente contra el acto administrativo de efectos particulares N° DIDE-316, de fecha 06/07/2015.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de este fallo para el copiador de sentencias y notifíquese.
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