Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior del Circuito Judicial de protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano YHORNAN KERLIN SIERRA FERNANDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.566.547 a través de su apoderada judicial la abogada DEYI NAIDU NOGUERA FILGUEIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 83.790, contra el auto de fecha 03 de junio de 2013, que fija el Régimen de Convivencia Familiar Provisional, dictado por la Juez Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión apelada.
TERCERO: Remítase el presente expediente en la oportunidad procesal a la Jueza Tercera de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circ.....