DECISIÓN
En mérito de todos y cada uno de los argumentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Accidental del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara SIN LUGAR, la inhibición planteada en fecha 23 de Enero de 2014, por la Abogada Gladys Jazmin Rivas Parada, en su carácter de Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para seguir conociendo del asunto principal signado con el Nº 18.436, contentivo del juicio de AUTORIZACIÓN DE VIAJE, incoado por el ciudadano FERNANDO ENRIQUE SALAS CISNEROS, contra la ciudadana YELITZA KARINA DURAN USECHE, todo ello de conformidad a lo preceptuado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y ASÍ SE DECIDE.
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