ABSUELVE DE RESPONSABILIDAD PENAL, al ciudadano JESUS ALBERTO TERAN URBINA
en relación a la comisión del delito de: ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, con el agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de M.F.M.C.