DECIDE: PRIMERO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía sexta del Ministerio Público en contra del acusado RENSO YAIR PASTRAN MONSALVE, venezolano, nacido el 24/01/1995, con cédula de identidad N° 24.694.685, de 18 años de edad, de profesión comerciante, Soltero, residenciado en calle 8 con Carrera 8, Edificio Trinidad, Apto. 2-B, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 en relación al primera aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana; MARIA ERAZO así como se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público por los hechos cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numerales 2° y 9° del Código Orgánico Procesal Pe.....