En consecuencia y en mérito de los argumentos anteriormente explanados este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS NUMERO UNO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA ADIMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: DECRETA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD AL AGRESOR: ROSALES ALVIAREZ JORGE RAMON: Venezolano, mayor de edad, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido en fecha 12 de diciembre de 1955, de 50 años de edad, con cédula de identidad N° V.- 5.669.461, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Ramón Rosales (v) y Mercedes Alviárez (f), residenciado en la Auyamala, Vía Mesa de Aura al lado del restaurante "La Auyamala", estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA previstos y sancionados en los artículos 17 y 20 de la Ley Sobre.....