PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado ONOFRE DE JESUS ZAMBRANO TAPIA, Colombiano, natural de Guaranda, Departamento Sucre Republica de Colombia, con cédula de ciudadanía no posee es indocumentado, de 24 años de edad, soltero, nacido en fecha 15-03-1989, de profesión obrero, residenciado Sector fundación, calle 15, con carrera 16, la Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira, a quien el Ministerio Público les atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de MARIA MERCEDES CARDONA ARIAS., por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Especial-SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con el artículo 94 de la ley especial que rige la materia, ordenándose la remisi.....