Por la motivación antes expuesta este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por las ciudadanas YULY COROMOTO ALARCON DE IBARRA y MARTHA LAURA BASTOS en contra de la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE FATIMA por cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO: SE CONDENA a la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE FATIMA a pagar a las demandantes la cantidad de CUARENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (BsF. 40.633,45), de los cuales la cantidad de Bs. 18.465,23 le corresponden a la ciudadana MARTHA LAURA BASTOS y la cantidad de Bs. 22.168,23 le corresponden a la ciudadana YULY COROMOTO ALARCON DE IBARRA.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la Sentencia de fecha 11 de No.....