Por consiguiente, como se señaló anteriormente, la FUNDACION FONDO NACIONAL DE TRANSPORTE URBANO a diferencia del INSTITUTO NACIONAL DE HIPODROMOS DE VENEZUELA, no es un Instituto Autónomo, sino una fundación cuyos estatutos inscritos por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, fueron publicados en Gaceta oficial N° 37.435 de fecha 03 de Mayo de 2002 (de conocimiento público).
En consecuencia, de una lectura de los referidos estatutos publicados en Gaceta oficial, se puede evidenciar que a la referida Fundación FONDO NACIONAL DE TRANSPORTE URBANO no le han sido consagrados los privilegios y prerrogativas de los que sí gozan la República y lo Institutos Autónomos, en tal sentido, al no serle aplicable los privilegios establecidos en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en razón que ni la Ley Orgánica de la Administración Pública publicada en Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17 de octubre de 200.....