este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: Oficiar a la Oficina de Alguacilazgo a fin de verificar el debido cumplimiento de las presentaciones impuestas como condición al ciudadano: AGUSTIN WALTER CHACÓN VELEZ, venezolano, natural San Antonio, Estado Táchira, mayor de edad, nacido el 11-12-1979, 28 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 13.821.334, casado, profesión u oficio Docente, residenciado en la avenida 5 con calle 14, casa N° 14-11 de la urbanización Sur de Rubio municipio Junín, Estado Táchira en fecha:20 de Mayo de 2008, para otorgar la medida cautelar sustitutiva a la privación preventiva de la libertad, a fin de examinar su debido cumplimiento, ello en fundamento a los artículos26, 44 numeral 1, 49 de la Constitución de la Repúbl.....