En consecuencia: ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PUNTO UNICO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano HECTOR ALEXIS VIVAS TORRES, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el día 27-09-1964, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.116.579, de profesión u oficio chofer, de estado civil casado, hijo de Rosa Torres de Vivas y José Heriberto Vivas, domiciliado en la calle principal frente a la Escuela Guayabal la Palmita, casa sin N°, Casa de color verde de bahareque, Rubio Municipio Junín Estado Táchira; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículo 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mu.....