este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: SUSTITUYE la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, dictada por el Juzgado de Control numero dos de está Extensión Judicial, en fecha 17 de Junio de 2008, en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.861.930, natural de Caracas Distrito Capital, soltero, de 21 años de edad, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio la Palmita, casa S/N, diagonal al dentista, calle principal de la Guaira, Rubio Estado Táchira , por otra medida menos gravosa, de las contempladas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 258 ejusdem, de conformidad con lo previsto en el artículo en el artículo .....