Este Tribunal, En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide Único: Ordena la Revocatoria de la medida cautelar de fecha 09 de mayo de 2003 dictada por el Tribunal Séptimo de Primera instancia del circuito judicial penal del estado Táchira extensión San Antonio.al acusado CARLOS RAMON AGÑEZ MUNOZ y Decreta la privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano CARLOS RAMON AGÑEZ MUÑOZ, todo de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal y 263 ejusdem
Ofíciese a las Autoridades competentes sobre lo ordenado, déjese copia para el archivo.
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LA JUEZ DE JUICIO N° 2
ABOG.. MARIA HAYDEE VEZGA RAMIREZ
LA SECRETARIA