Por lo expuesto ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO, DE LA EXTENSION SAN ANTONIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Declara INTERRUMPIDO el debate, en consecuencia DECRETA la NULIDAD de las actas levantadas con motivo del inicio del Juicio Oral, de fechas 3 de marzo de 2010, 15 de marzo de 2010, 26 de marzo de 2010, 14 de abril de 2010, 27 de abril de 2010, 6 de mayo de 2010, 17 de mayo de 2010, 27 de mayo de 2010, 7 de junio de 2010, 15 de junio de 2010, y 30 de junio de 2010.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de fijar nueva fecha para el inicio y realización del Juicio Oral y Público.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Fíjese fecha por auto separado y líbrense citaciones para el Juicio Oral y Público respectivo.-
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. HÉCTOR EMIRO CASTILLO GONZÁLEZ
SECRETARIA (O)
Causa Pen.....