PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano: ALEJANDRO ISAAC CABEZAS ESCALANTE, de nacionalidad venezolano, natural de Vigia Estado Mérida, titular de la cédula de identidad V-17.028.850, nacido en fecha 09 de Marzo de 1986, de 26 años de edad, hijo de Olivo Cabezas (v) y Alicia Escalante (v), soltero, de profesión u oficio mototaxista; residenciado San Isidro, calle 5, N° 3-99, a media cuadra de la bodega de la señora Yolanda, Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira, teléfono 0426-8779697; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Klaidher Adriana Rivas Agudelo; por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: SE ORDENA LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, d.....