Por los razonamientos anteriormente expuestos, Este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Del Estado Táchira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público, en contra de la ciudadana (identidad omitida art. 545 lopna), por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano A. P. C, conforme a lo previsto en el literal "a" del artículo 578 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Segundo: Se admiten los siguientes medios probatorios, promovidos por la Fiscal Vigésima Sexta del Ministerio Público, en su escrito de acusación de fecha dos (02) de julio del 2003, inserto del folio treinta y seis (36) al folio treinta y nueve (39), por ser los mismos lí.....