PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, contra el adolescente; (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA) ampliamente identificado, por la presunta comisión del delito de AMENAZAS A LA VIDA, previsto en el artículo 175 último parte del Código Penal, en perjuicio del adolescente; (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos a los efectos de un eventual juicio oral y reservado.
SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente, (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA) ampliamente identificado; por la presunta comisión del delito de AMENAZAS A LA VIDA, previsto en el artículo 175 último parte del Código Penal, en perjuicio del adolescente; (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA) todo de conformidad con lo establecido en el artícul.....