Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Verificado el consentimiento libre y voluntario, manifestado por el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); a quien se le investiga por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 ordinal 3ro del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS OCTAVIO TANGARIFE GIL; aprueba el acuerdo conciliatorio propuesto en la presente audiencia en los siguientes términos: El adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), procederá a pedir disculpas a la victima, se compromete a no mantener contacto físico con él, a no acercarse a su residencia y someterse a charlas mensuales por el termino de seis (06) meses, debiend.....