Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO OTORGA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO a la penada, SUAREZ ACEVEDO LEICY, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, nacido en Saravena Arauca República de Colombia, titular de la Cédula de identidad N° V-23.548.044, nacido el 15/02/1979, soltera, de profesión manualista, residenciada en el abejal de Palmira, sector las carreras, parte baja, vereda 8, casa S/N Estado Táchira, y actualmente recluida en el Centro Penitenciario de Occidente, de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, bajo las siguientes condiciones:
1. Prohibición de salir de la Jurisdicción Estado Táchira, sin la debida autorización del Tribuna.....