ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA PENA, impuesta al ciudadano GONZÁLEZ PEÑA GERARDO JESÚS, venezolana, natural de San Cristóbal, titular de la cédula de identidad N ° V- 9.148.284, nacida en fecha 07-07-67, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 543 ordinal 1° y 218 del Código Penal, en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RASPONSABILIDAD CRIMINAL, derivada de la comisión de tal hecho punible y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal,