este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA INOCENTE POR LO TANTO ABSUELVE AL CIUDADANO acusado JOSE MANUEL RAMIREZ REYES, Venezolano, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido en fecha 22-11-1.981, de 32 años de edad, soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V.-14.626.483, domiciliado en Lobatera, Calle 3 con carrera 4, casa N° 3-50, Municipio Lobatera, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de EMISION DE CHEQUE SIN PROVISION DE FONDOS A TITULO DE AUTOR previsto y sancionado en el articulo 494 del Código de Comercio, en perjuicio de la ciudadana: YAURI DEL CARMEN ROJAS. SEGUNDO: SE DEJA SIN EFECTO CUALQUIER MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL QUE PESE SOBRE EL CIUDADANO JOSE MANUEL RAMIREZ REYES. Se ordena Remitir el presente expedi.....