este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO NUMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de entrega del vehículo al ciudadano: YORKYS LEONARDO ALBARRACIN GÓMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-24.147.731, con domicilio en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, donde solicita la entrega del vehículo de su propiedad de las siguientes características: Clase: Moto; Marca: Keewya; Modelo: Horse Kw-150; PLACA: AA1X52J; TIPO: Paseo; Color: Rojo; Serial del Motor: KW162FMJ2829472; Serial Chasis N/A; AÑO: 2013; USO: Particular; en virtud, de que no consta el titulo de propiedad ni el resultado de la experticia de seriales, todo de conformidad con el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.