este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE Y CONDENA al acusado PEDRO ANTONIO MÁRQUEZ GÓMEZ, nacionalidad venezolana, natural de La Fría, estado Táchira, nacido en fecha 26/10/1990, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.577.613, profesión u oficio agricultor, hijo de Margot Josefina Márquez Gómez (v), residenciado en Boca de Grita, calle principal El Mango, casa N° 7-22, al frente de la Iglesia Pentecostal, estado Táchira, teléfono: 0277-5414778; por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el articulo 163 numeral 10° Ejusdem, en perjuicio .....