este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCIÓN DE JUICIO UNIPERSONAL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE, al ciudadano OSWALDO PULIDO GUERRERO, de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, Municipio Cárdenas, estado Táchira, nacido en fecha 12 de octubre de 1971, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° V-11.502.574, hijo de Olga Guerrero (v) y Benajamin Pulido (v), residenciado en Calle Principal N° 1, casa N° 1-06, Caneyes, Municipio Guasimos, Estado Táchira, teléfono 0276-3564870, por la comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el inciso 3° del artículo 465 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos José Antonio Rovira Duran, María Ana Angarita de Velasco y Nerio Velasco.
SEGUNDO: CONDENA al acus.....