En definitiva este Tribunal procede a ABSOLVER a los ciudadanos WILMER ALFONSO URBINA SANCHEZ y PABLO LEONARDO DIAZ ANIJA, por la comisión del delito TRANSPORTE ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificados en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, observándose en consecuencia que no ha quedado acreditado el hecho imputado, debiendo en consecuencia declararlos inocentes; y en derivación absueltos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
El dispositivo de la sentencia es del siguiente tenor: ESTE TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NUMERO UNO DEL CIRCUITO PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: SE ABSUELVE POR UNANIMIDAD A LOS ACUSADOS WILMER ALFONSO U.....