PRIMERO: EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del acusado LUIS FERNANDO LEAL RODRIGUEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, nacido en fecha 25-12-80, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 15. 253.693, de profesión u oficio chofer, de estado civil soltero, con residencia en la urbanización san Jacinto, sector 15, vereda 12, casa N° 06, Maracaibo, estado Zulia, teléfono 0424-6057122, 0414-0626964, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y el Robo de Vehiculo, en perjuicio del ciudadano Miguel Arturo Molina Angulo, y USO DE ACTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 323 en concordancia con el articulo 320 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Ce.....