Por los razonamientos anteriormente esbozados, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: ----------------------------------------------------
PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, efectuada por el Fiscal Noveno Auxiliar del Ministerio Público, conforme al artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, presentado a favor del ciudadano LEAL PATIÑO ADELSO RAMON, de nacionalidad venezolana, natural de Cabimas, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.722.781, de 43 años de edad, nacido en fecha 20-01-961, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la calle 63 N° 64-144, Urbanización los Olivos, Maracaibo, Estado Zulia.-----------------------------------------------
SEGUNDO: Conforme a lo previsto en el artí.....