Con base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control numero ocho del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del imputado ORLANDO RODRIGUEZ GOMEZ, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de identidad N° E-82.094.330, nacido en fecha 24/10/1976, con residencia en la vía Rafagas, calle principal del Mirador, casa N° 1-12, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 último aparte del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondían a los nombres de MIREYA DEL CARMEN SALCEDO, NELSON ESCALANTE ROSALES y ROSA MARIBEL GUERRERO TORO.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, referidas .....