este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
RESUELVE:
1. Decretar como medida de coerción personal MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD con respecto a los imputados JOSÉ MANUEL ROMERO ORTEGA, de nacionalidad venezolana, natural de la Fría, Estado Táchira, nacido el día 29-05-1971, titular de la cédula de identidad numero V-23.130.311, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Carmen Ortega (v) y Hernan Romero (v), domiciliado en la carrera 18 con calle 12, Barrio Las Delicias, casa numero 17-78, La Fría, Estado Táchira y JOSÉ ALIRIO PARADA ROMERO, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el día 03-03-1953, titular de la cédula de identidad numero V-5.688.026, de 53 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de Carmen Romero (f) y José Parada (v), domiciliado en la carrera 18 con calle 12, Barrio Las De.....