PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN Y LAS PRUEBAS presentadas por el Ministerio Público en contra del acusado ALEXANDRO CÁCERES MARTÍNEZ, ya identificado, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de Yennifer Paola Colmenares Cáceres, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la resolución acusatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: SE CONDENA al acusado ALEXANDRO CÁCERES MARTÍNEZ, arriba identificado, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de Yennifer Paola Colmenares Cáceres, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, así como las accesorias de Ley, en virtud de la admisión de hechos realizada por el acusado.-
TERCERO: Una vez vencido el lapso de Ley, SE ACUERDA REMITIR LA CAUSA AL TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DE PENAS DE .....