PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público en contra del imputado ALEXIS JOSÉ SUAREZ LASCARRO, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacida el 26/01/1976, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.736.772, de profesión u oficio Chofer, de estado civil soltero, hija de Olga Lascarro (v) y de Elimenes Suárez, residenciada en el Barrio Raúl Leoni, calle 79C, casa 100-06, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, teléfono 0261 – 424.27.17 (de su hermana mayor ARCIRA MARÍA LASCARRO); por la presunta comisión del delito de FUGA, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 258 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio de la Administración de Justicia, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar explanados en la resolución acusatoria, de conformidad con el articulo 313 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITIDA LA ACUSACIÓN Y L.....