DISPOSITIVO
PRIMERO: SE DESESTIMA LA ACUSACION en lo que respecta al delito de SUPLANTACIÓN DE PLACA IDENTIFICADORA Y ALTERACION ILICITA DE SERIALES, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehículos automotores
SEGUNDO: Se decreta el Sobreseimiento de la Causa a OLARTE HERNANDEZ JONHATAN, de , por haber sido ofrecidas extemporáneamente y no haberse señalado la pertinencia de las mismas, de conformidad con el numeral 9 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEXTO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano OLARTE HERNANDEZ JONHATAN, de nacionalidad venezolano naturalizado, natural de Saravena Arauca, República de Colombia, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.644.846, nacido en fecha 24-12-1.975, de 29 años de edad, hijo de Lucinda Hernández (v) y Alirio Olarte (v), soltero, comerciante, residenciado, en El Abejal de Palmira, calle 3, N° 26, cerca de La Escu.....