...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, supra-identificado, visto el Decreto de Medida dictado por el Juzgado de la Causa y la solicitud efectuada por los Abogados MARIA JULIA KOPP CONTRERAS y YOJAN ALFONSO KOPP GARCIA, ya identificados, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano GIULIANO CAMILLETTI, Parte Demandante, DECLARA LEGALMENTE SECUESTRADO PREVENTIVAMENTE el bien inmueble ubicado en la calle 4 con carrera 7, Nro.3-15, local 55, Barrio La Goajira, Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, dejándose expresa constancia que el Tribunal en ningún momento durante la práctica de la medida se afectó de manera alguna, ni los bienes muebles o enseres ni a quienes ocupan actualmente el inmueble objeto de la medida, respetándole en todo momento a los ciudadano presentes, los derechos humanos, la integridad física, así como, el derecho a la defensa y el debido proceso; por tal motivo se hace entrega del bien inmueble al ciudadano CARLOS ARTURO SANCHEZ ANGA.....